El gobierno regional de Cajamarca, cuyo gobernador, Roger Guevara, a través de la Sub gerencia de Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Recursos Naturales y gestión del Medio Ambiente, ya tiene amplio conocimiento del proyecto minero Colpayoc que viene ocasionando protestas en las comunidades que se consideran impactadas. La subgerencia ambiental ha realizado la evaluación correspondiente del proyecto donde ha encontrado serías fallas que, hasta ahora, no ha hecho público para que la población lo conozca, sobre todo, la población que se considera impactada en sus recursos hídricos. Con prioridad, el informe de evaluación ha sido elevada al área técnica del MINEM más no se ha dado a conocer a la población de la evaluación de la FTA (Ficha Técnica Ambiental) del proyecto minero.

Este medio ha tenido acceso al documento no sólo del informe de evaluación que ha realiza el gobierno regional, Sub gerencia del Medio Ambiente; sino además del informe para la nulidad de la resolución directoral 169- 2023- MINEM- DEGAAM que envía MARIA ELENA YPARRAGUIRRE ALEGRIA presidente comunidad campesina Mishca Chica – distrito de Chetilla. Daremos a conocer observaciones de ambos informes y también del Frente de Defensa Ambiental de Cajamarca (FDAC)

EVALUACIÓN QUE REALIZOÓ EL GOBIERNO REGIONAL AL PROYECTO MINERO Y POBLACIÓN NO CONOCE.

ALGUNOS DATOS DEL PROYECTO MINERO Y OBSERVACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL

Primero algunos datos sobre el proyecto minero Colpayoc. El nombre de la empresa que ejecuta el proyecto de exploración es Colpayoc S.A.C. Con nombre: Proyecto de Exploración “Colpayoc”. Cuenta con estudios técnicos ambientales, permiso para iniciar operaciones de exploración. La ficha técnica ambiental del proyecto de exploración “Colpayoc” de Colpayoc S.A.C. aprobado mediante Resolución Directoral N°169-2023/ MINEM- DEGAMM el 14 de agosto del 2023. Ubicado en el distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca. El área efectiva del Proyecto de Exploración “Colpayoc” ocupa un área total de 184,650.31 m2 (18.46503 ha). La ficha técnica Ambiental del Proyecto de Exploración Minera “Colpayoc”, involucra las concesiones mineras Francisco José IV y Francisco José V.

Las áreas de influencia del proyecto minero comprenden el de influencia social directa y el de influencia social indirecta. La primera abarca la Cooperativa Agraria de trabajadores Llullapuquio (CAT) quienes, según las últimas movilizaciones, no están de acuerdo todos que se desarrolle el proyecto minero. La segunda comprende los distritos Cajamarca y Chetilla. El documento también muestra que las áreas de influencia ambiental son directa e indirecta 1 y 2. En el área efectiva del proyecto, según la FTA: “El área efectiva se definió considerando la ubicación del total de los componentes principales y auxiliares, incluidos en las áreas de actividad minera y de uso minero”. El área de actividad minera según la FTA: “Corresponde a la huella de las dieciocho (18) plataformas de perforación y sondajes (compuestas por punto de acopio temporal de residuos sólidos, 1 poza de recirculación, 1 pozo de lodo, almacén temporal de materiales, almacén de topsoil y un baño químico portátil) y un total de diecinueve (19) sondajes”, 14, 79690 ha. Mientras el área de uso minero, según el FTA: “Corresponde a actividades que no tienen relación directa con la exploración minera. Esta área se encuentra constituida por los componentes auxiliares, la cual corresponde a las vías de acceso proyectados y/o rehabilitadas”, 3,66813 ha.

areas del proyecto a  trabajar

En relación a las fuentes de agua, según la FTA: “El manantial en donde se realizó las captaciones es considerado de régimen estacional así mismo está conformado por otros cuerpos de agua y redes de escurrimiento que dan origen a su formación…” . En esta parte el equipo técnico del gobierno regional, pregunta en el informe: “ ¿Cuál sería la fuente de captación de agua superficial en caso que en época seca el caudal del manantial no sea suficiente para las actividades del proyecto de exploración? ¿Por qué no se presentan los Derechos de Uso de Agua otorgados por la Autoridad Nacional del Agua - ANA para su uso en las actividades de exploración minera? ¿Cuál es la conformación hidrológica del manantial de captación de agua? ¿Si el proyecto de exploración está dentro de la jurisdicción del distrito de Cajamarca, por qué se captará el agua dentro del distrito de Chetilla? ¿Por qué no se menciona la Laguna Mataracocha – Laguna de Chamis dentro del Área de Influencia Ambiental Indirecta del proyecto de exploración?”

Observación a las fuentes de agua

Según la FTA: “El área de intervención del presente estudio (área efectiva) se encuentra en la microcuenca San Lucas de la cuenca Jequetepeque, asimismo, se identificó que el punto de captación de agua del proyecto se ubica en la microcuenca Chonta de la cuenca Crisnejas, etc.”. Aquí los técnicos del gobierno regional se vuelven a preguntar: “ ¿Considerando que los puntos de monitoreo biológico se encuentran dentro de la microcuenca del Río San Lucas, faltaría realizar una evaluación más exhaustiva para identificar las especies en peligro de extinción en dicha zona? Así como estás observaciones en la FTA del proyecto minero Colpayoc, existen otras en el aspecto social impactadas directa e indirectamente.

OBSERVACIONES DE LA COMUNIDAD Y DEL FDAC AL PROYECTO MINERO

La comunidad campesina Mishca Chica – Distrito de Chetilla muestra su preocupación respecto a las captaciones de manantiales para agua potable administrada por JASS, con resoluciones del ANA dentro de la concesión minera Colpayoc. Ellos han enviado al concejo del MINEM una relación de JASS que serían afectadas con las concesiones mineras, ellas son entre otras la siguientes: Alto Chetilla, La Colpa, Quinuayoc, Jamcate, Quinuamayo, Majadapamapa, Eslabón, Llullapuquio, Tambillo, Mahuaypampa con sus respectivos nombres de manantiales y coordenadas.

proyecto minero y captaciones de agua para JASS

Por su parte, la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento- JASS cuenca el Ronquillo Cajamarca, también se encuentran preocupados por el impacto que ocasionaría el proyecto minero Colpayoc. Esas JASS son San José de Colga Rosamayo, El Ronquillo, Victoria Capellanía Urubamba sector 3, Urubamba sector 1, sector 17 Lucmacucho, Mayopata, Urubamba sector 20 y otras con sus respectivos nombres de manantial y resoluciones del ANA.

PROYECTO MINERO Y CAPATACIONES DE AGUA DE JASS MUY CERCA 

El proyecto minero Colpayoc, con sus concesiones, también perjudica, según el informe de la comunidad campesina de Mishca Chica, distrito de Chetilla, a canales de riego para la agricultura y la ganadería de la zona. Es más, perjudica a dos centrales hidroeléctricas que ilumina a varias comunidades de la zona como son Chetilla, Paltapampa, Casadencito, Manzano, Cadena,Tubo, San Sebastian, Chontapaccha, Uñigan,Huayllapampa, Mahuaypampa,Cochapampa, Alto Chetilla, Jamcate, Quinuamayo, Quinuayoc , Majadapampa, Eslabon ,Tambillo y Llullapuquio del Distrito Chetilla y los Caserios de Santa Rosa,El Patiño, Curacocha, Cachipampa y Yerba Santa del Distrito de San Pablo. Las centrales hidroeléctricas vienen proporcionando servicio desde el 2002.

Finalmente, una de sus conclusiones del informe, que lo han hecho llegar a las autoridades locales, dice: “Las Comunidades Campesinas: Mishca Chica en Chetilla, Caruahualte en Mahuaypampa, Chiric Punta en Alto Chetilla, Sexemayo Lote II, Cushunga y Cumbico en Magdalena no fueron consultadas, fueron ignoradas por las Autoridades de Energía y Minas en especial la DEGAAM.

La (FTA) involucra a las Concesiones mineras Francisco José IV y Francisco José V, que están dentro tres captaciones de manantiales que abastecen de agua potable a las poblaciones de los Caseríos Alto Chetilla, Cushunga y Caruaquero. Siendo el agua potable un derecho Constitucional se les han

Ignorado”.

PROYECTO MINERO  Y  TRES CAPTACIONES  DE GUAS DE JASS MUY CERCA

Por su parte el FDAC, ha realizado también las siguiente observaciones: “ que al amparo del artículo V del principio de sostenibilidad de la ley 28611 de fecha del 15 de octubre de 2005 en el cual establece: la gestión del ambiente y de sus componentes así el ejercicio y la producción de los derechos que establece la presente ley se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos, sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la satisfacción de las necesidades y de las actuales y futuras generaciones”. Además, agrega: “Se ha obviado el artículo 6.7 y 8 de la ley 29785 ley de derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios reconocidos en le convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo”. Sobre la FTA (Ficha Técnica Ambiental) del proyecto dice: “No se ha identificado a los propietarios del terreno superficial que autorizan el uso de dicho terreno para actividades mineras ya que ellos señalan que son 52 socios (declaración a los medios de comunicación por integrantes del concejo de administración de la CAT); entonces deberían autorizar todos ellos sin excepción cosa que no ha sucedido”. Su presidente, Ing. Gomer Vargas, considera que no son claros los del gobierno regional respecto al informe de las observaciones, "tiran la piedra y esconden la mano", considera el dirigente social. La verdad de las cosas, el gobierno regional  se encuentra en un silencio sobre la vedad el proyecto. ¿No se quiere pelear con el gobierno central? 

En el fondo, las observaciones realizadas a la FTA del proyecto minero Colpayoc, que pretende explorar y luego explotar en la zona, tanto del gobierno regional como de la comunidad campesinas de Chetilla y del FDAC, muestran serias debilidades que perjudicaría tanto social, ambiental e hídricamente en la zona impactada directa e indirecta. Sería bueno que se socialice las observaciones de los resultados realizados por el órgano oficial del gobierno regional. Que se socialice a la comunidad en general a la población afectada directamente. Es un derecho democrático estar informados sobre decisiones de gobierno.